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Que son las Horas Extras y como calcular su valor

El trabajo suplementario o tambien llamado Horas Extras es la hora que se trabaja adicional a la jornada legal o contractual. En el Articulo 159 del Código Sustantivo del Trabajo dice:

ARTICULO 159. TRABAJO SUPLEMENTARIO. Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.

Según la real academia de la lengua española, la expresión “extra” hace referencia a “superior a lo normal”, es decir, a lo que excede a lo habitual, que en este caso es la jornada laboral que se ha pactado en el contrato de trabajo.

Todo tiempo adicional se paga

Esto quiere decir que cualquier tiempo adicional al pactado en el contrato, se considera como Trabajo Suplementario u Horas Extras.

¿Y en los contratos de medio tiempo?

Claro. Si la persona es contratada para que labore X número de horas al día, el tiempo adicional siempre será considerado como Horas Extras, por lo que no importa si el contrato es de tiempo completo o media jornada, simplemente las horas adicionales según la jornada acordada, se pagan.

¿Cómo se pagan las horas extras de un empleado de medio tiempo?

De la manera más sencilla, simplemente se toma el valor del sueldo mensual, se divide en 30 y el resultado se divide en el número de horas que labora diariamente, dando como resultado el valor de la Hora Ordinaria sobre ese valor/hora* se aplican los respectivos porcentajes según el momento del día en que se labore extra.

Ejemplo

Se contrata a un empleado para determinada funciones, el cual debe asistir 6 horas al día, con un salario de $ 600.000.

$600.000 ÷ 30 días = 20.000 ÷ 6 horas = $3.3333 Valor Hora Ordinaria*

Tasas y liquidación de recargos.

En el articulo 168launch dice:
  1. El trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno, con excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el artículo 20 (artículo. 161 CST) literal c)launch de esta ley.
  2. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
  3. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
  4. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro.

Hora Extra Diurna hasta las 10pm
Salario Diario x 1.25 / 8


Hora Extra Nocturna 10pm a 6 am
Salario Diario x 1.75 / 8


Hora Ordinaria Domingos o Festivos
Salario Diario x 1.75 / 8


Hora Extra Diurna Domingos o Festivos
Salario Diario x 2 / 8


Hora Extra Nocturna Domingos o Festivos
Salario Diario x 2.5 / 8


Calcular valor de Horas Extras

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https://tutorcontable.blogspot.com/2017/06/Que-Son-Horas-Extras-o-Trabajo-Suplementario.html
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Jhon Maldonado

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